Embajada de Estados unidos monitoreaba oficina de patentes argentina
Observatorio Sudamericano de Patentes_22-07-212
Según los cables de Wikileaks filtrados en los últimos tiempos en la página de Julian Assange sobre los informes enviados desde la Embajada de Estados Unidos a Washington se refieren a la Oficina nacional de propiedad industrial (INPI). Los cables señalan una queja frecuente de las compañías farmacéuticas de Estados Unidos en relación a que en la Argentina continua no habiendo ningún vínculo normativo entre el INPI y la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y tecnologías (ANMAT).
El cable remarca que mientras que esa vinculación no se solicite expresamente por el Acuerdo sobre los ADPIC, su ausencia en la Argentina permite a la ANMAT conceder la autorización local a fabricantes de productos farmacéuticos para fabricar y vender productos que ya han sido patentados o cuya patente ha sido solicitada.
La Embajada y las empresas farmacéuticas multinacionales han instado al gobierno argentino para establecer un vínculo entre la ANMAT y el INPI que impida que continúe la ANMAT autorizando productos farmacéuticos locales cuya patente se haya concedido o este pendiente de hacerlo.
Según la comunicación 07BUENOSAIRES335 había indicios durante el año 2005 de una relación de cooperación entre el INPI y la ANMAT, pero la Embajada no tiene constancia de que dicha cooperación se ha desarrollado. (Nota: el jefe del INPI dijo al Encargado de Negocios (Econoff) que a finales de 2006 el INPI y la ANMAT se encontraban en una estrecha comunicación, sin embargo el jefe de la ANMAT dijo que no hay comunicación alguna entre los organismos y que la autoridad competente para tomar decisiones sobre las patentes potencialmente conflictivas era el sistema judicial, no ANMAT.
Otro tema en que la embajada de Estados Unidos insiste es que la Argentina todavía tiene que convertirse en un Estado contratante (OMPI) del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual., pues según los Estados Unidos se reduciría el Backlog o acumulación de solicitudes pendientes del INPI la solicitud de patente.
El más importante problema sin resolver que queda patente farmacéutica se refiere a la tutela judicial efectiva de los datos confidenciales y propietarios desarrollados por las compañías farmacéuticas SIPDIS para demostrar la eficacia y seguridad de nuevos medicamentos (es decir, "la protección de datos"). EE.UU. creen que esto es un tema crítico y Argentina y los EE.UU. han puesto de acuerdo en dejar este asunto en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC para la acción futura. Las políticas de Goa han llevado basadas en la investigación de las compañías farmacéuticas se quejan de que las autoridades sanitarias argentinas reguladoras (ANMAT en particular, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, el equivalente a la FDA) se basan en los datos de forma inapropiada desarrollados por empresas de investigación y presentados por empresas que no participaron en la investigación como a la ANMAT para obtener la aprobación de comercialización de copias no autorizadas de medicamentos innovadores. Según CAEME, ANMAT interpreta la divulgación pública de datos parciales como un indicador de que los datos deben ser considerados como de dominio público
Fuente: http://observadorpatentesur.blogspot.com.ar/2012/07/normal-0-21-false-false-false-es-ar-x.html
El cable remarca que mientras que esa vinculación no se solicite expresamente por el Acuerdo sobre los ADPIC, su ausencia en la Argentina permite a la ANMAT conceder la autorización local a fabricantes de productos farmacéuticos para fabricar y vender productos que ya han sido patentados o cuya patente ha sido solicitada.
La Embajada y las empresas farmacéuticas multinacionales han instado al gobierno argentino para establecer un vínculo entre la ANMAT y el INPI que impida que continúe la ANMAT autorizando productos farmacéuticos locales cuya patente se haya concedido o este pendiente de hacerlo.
Según la comunicación 07BUENOSAIRES335 había indicios durante el año 2005 de una relación de cooperación entre el INPI y la ANMAT, pero la Embajada no tiene constancia de que dicha cooperación se ha desarrollado. (Nota: el jefe del INPI dijo al Encargado de Negocios (Econoff) que a finales de 2006 el INPI y la ANMAT se encontraban en una estrecha comunicación, sin embargo el jefe de la ANMAT dijo que no hay comunicación alguna entre los organismos y que la autoridad competente para tomar decisiones sobre las patentes potencialmente conflictivas era el sistema judicial, no ANMAT.
Otro tema en que la embajada de Estados Unidos insiste es que la Argentina todavía tiene que convertirse en un Estado contratante (OMPI) del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual., pues según los Estados Unidos se reduciría el Backlog o acumulación de solicitudes pendientes del INPI la solicitud de patente.
El más importante problema sin resolver que queda patente farmacéutica se refiere a la tutela judicial efectiva de los datos confidenciales y propietarios desarrollados por las compañías farmacéuticas SIPDIS para demostrar la eficacia y seguridad de nuevos medicamentos (es decir, "la protección de datos"). EE.UU. creen que esto es un tema crítico y Argentina y los EE.UU. han puesto de acuerdo en dejar este asunto en el mecanismo de solución de diferencias de la OMC para la acción futura. Las políticas de Goa han llevado basadas en la investigación de las compañías farmacéuticas se quejan de que las autoridades sanitarias argentinas reguladoras (ANMAT en particular, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, el equivalente a la FDA) se basan en los datos de forma inapropiada desarrollados por empresas de investigación y presentados por empresas que no participaron en la investigación como a la ANMAT para obtener la aprobación de comercialización de copias no autorizadas de medicamentos innovadores. Según CAEME, ANMAT interpreta la divulgación pública de datos parciales como un indicador de que los datos deben ser considerados como de dominio público
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